Las comisiones de verdad, una vez terminada la „guerra fría“ se han constituído en un importante mecanismo extrajudicial para
Las Comisiones de Verdad y su relación con las víctimas de violaciones a los derechos humanos en América Latina Esteban Cuya
Garantizar a las víctimas de violaciones a los derechos humanos el acceso a la verdad y la justicia por los hechos que sufrieron es una obligación indiscutible de los estados miembros de las Naciones Unidas. Esta responsabilidad de toda sociedad democrática no siempre se cumple. El nivel de esclarecimiento de los crímenes de derechos humanos refleja la independencia del poder judicial, la libertad de información y la voluntad del estado para honrar sus compromisos internacionales.
Las Comisiones de Verdad (CV), se han constituido en diversos países del mundo en un importante mecanismo extrajudicial para confrontar los crímenes de derechos humanos cometidos durante los regímenes totalitarios o dictaduras militares e intentar un nuevo acuerdo social que abra las puertas a la recuperación del estado de derecho y en algunos casos posibilite la reincorporación plena del país a la comunidad internacional.
Así lo entendieron en Argentina, Chile, El Salvador, Guatemala, Haití, Panamá, Perú y más recientemente en México, Uruguay, Brasil y Paraguay, países en los cuales a partir de la década de los 80 del siglo pasado se constituyeron Comisiones de Verdad que en diversas medidas elaboraron crudas radiografías de la violencia política y las violaciones a los derechos humanos o al derecho internacional humanitario, y propusieron medidas de reparación y reconciliación. Los procesos en estos países confirmaron que el acceso a la verdad y a la justicia es un requisito previo para abrir puertas a la reconciliación de la sociedad.
El Estado no puede renunciar a su obligación de ejercer justicia sin debilitarse. Al negarse a hacer justicia, ante hechos que contradicen las propias leyes del Estado, éste se desacredita a si mismo. Entonces no sería raro que la mayoría de la población desconfíe de las autoridades del país.
Una contribución decisiva para la creación de las Comisiones de Verdad en América Latina (AL) fue aportada por el Tribunal Ético internacional, el l amado „Tribunal Russel“ integrado entre otros por intelectuales europeos y latinoamericanos. El
1 Bertrand Russel Peace Foundation. Su primera acción fue juzgar en 1967 la guerra de Vietnam, en la que el ejército de Estados Unidos cometió muchos actos catalogados como “crímenes contra la humanidad”, tipificados en los principios de Núremberg- El Tribunal Russel juzgó posteriormente entre 1973 a 1975 a las dictaduras de América Latina y poco después a la República Federal de Alemania, por la discriminación laboral (Berufsverbots) contra muchos pensadores críticos. Años más tarde dio lugar al Tribunal Permanente de los Pueblos, TPP. Durante 1989 y 1991 el TPP. investigó nuevamente los crímenes de lesa humanidad en AL.
Tribunal Russel actuando en favor de las víctimas de violaciones a los derechos humanos y de las políticas sistemáticas de desinformación utilizadas en la „guerra fría“, oportunamente juzgó política y moralmente a los regímenes dictatoriales de Chile, Argentina, Bolivia, Uruguay y Paraguay, entre otros países.
Posteriormente el Tribunal Permanente de los Pueblos“ (TPP.) que sucedió al Tribunal Russel, juzgó y condenó los regímenes de impunidad de las violaciones a los derechos humanos en Perú, Colombiy Guatemala. Con su actuación, no bien vista por los gobiernos de turno, este Tribunal ético ofreció a las víctimas de detenciones arbitrarias, secuestros, tortura, desaparición forzada, masacres u otras violaciones a los derechos humanos y a las organizaciones de solidaridad y defensa legal, una plataforma para que sean escuchadas dentro y fuera del país.
El mencionado TPP favoreció la creación de redes entre las organizaciones de familiares de los desaparecidos, torturados, secuestrados o asesinados en el contexto de la violencia política o guerra civil y apoyó el trabajo de presión dentro de la Organización de Estados Americanos, la ONU, la Unión Europea, etc., para que actúen de una vez y pongan fin a los delitos de derechos humanos y de lesa humanidad.
Las redes nacionales e internacionales de solidaridad y derechos humanos asimismo aportaron con sensibilizar a la opinión pública sobre las graves consecuencias del terrorismo de estado y la necesidad de atender las demandas de las víctimas.
Desde la Comisión Argentina, creada en 1983, hasta la comisión peruana, en el 2001, los procesos de búsqueda de la verdad en América Latina se han ido perfeccionando, gracias a una destacada contribución de miembros de los organismos de derechos humanos locales e internacionales, y de importantes entidades humanitarias europeas y norteamericanas que apoyaron académica y financieramente los trabajos de investigación.
El proceso de enfrentar críticamente el pasado reciente de violaciones a los derechos humanos en América Latina no ha sido fácil. Al principio el trabajo pionero fue cumplido por los l amados organismos no gubernamentales, que constituyeron secretamente Comisiones de Verdad, generalmente sufriendo graves riesgos
Posteriormente, al iniciarse la transición a la democracia, o al firmarse acuerdos de paz entre grupos armados irregulares y los gobiernos nacionales, las Comisiones de Verdad podían trabajar públicamente, bien sea designando como sus miembros a expertos nacionales o internacionales, o comprometiendo el asesoramiento de organismos de las Naciones Unidas. Los primeros pasos: Investigar la desaparición forzada de personas
revisando las masivas violaciones a los derechos humanos y la impunidad reinante en 12 países del continente, entre ellos Colombia, Uruguay, Argentina, Perú, Chile, Guatemala, Bolivia y Panamá. 2 La Sesión que revisó la Impunidad en Colombia se realizó entre los días 4 al 6 de noviembre de 1989. 3 El trabajo pionero lo he explicado en mi informe titulado “Las Comisiones de Verdad en América Latina” refiriéndome a ellas como “Comisiones no oficiales. ”
En Argentina, tras el fin de la dictadura Militar de 1976 a 1983, el Presidente constitucional Raúl Alfonsín creó la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas, CONADEP, con un mandato de investigación muy específico: “esclarecer los hechos relacionados con la desaparición de personas.“
Una vez instalada la CONADEP, a pesar de las críticas al modo en que fue constituido, formuló un l amado a dar testimonios sobre los hechos de violencia el cual „concitó la inmediata respuesta de la población en un formidable proceso de reconstitución de la memoria colectiva“. Así muy pronto se produjo „un aluvión de denuncias y testimonios“, no solo dentro del país, sino también por parte de miles de exiliados argentinos en España, Estados Unidos, Venezuela, México, entre otros países
Al abocarse a su tarea, la CONADEP pudo establecer cómo se organizó la acción represiva de los militares que habían tomado el poder con un Golpe de Estado. Así describió cientos de casos de secuestros, torturas, detenciones ilegales y cautiverio de prisioneros en centros de detención clandestinos. Afirmó también y demostró que los militares en muchos casos tomaron a la familia completa como víctima, l evándose igualmente a la esposa del secuestrado, organizando partos en los campos de detención, apropiándose de los bebes nacidos en cautiverio, secuestrando además a los abuelos que reclamaban por sus hijos y nietos
La CONADEP evaluó también la conducta cómplice del Poder judicial, preguntándose: “Cómo se explica que los jueces no hayan ubicado a ningún secuestrado, después de varios años que tomaron estado público las versiones de quienes, con mejor suerte, fueron liberados?”.Insistiendo al respecto la CONADEP afirmó: „durante el período en que se consumó la desaparición de personas, la vía judicial se convirtió en un recurso casi inoperante“
Para quienes no han sufrido la pérdida de un ser querido en el contexto de la violencia interna, les resulta imposible captar la profundidad del dolor y el trauma que ese hecho significa. El dolor se agrava cuando además del secuestro, la tortura, o el asesinato, se mantiene a la víctima en el escandaloso estado de „desaparecido“. „Yo quiero morir en paz, pero mientras no sepa el destino de mis hijas desaparecidas, mientras no encuentre la verdad de lo que pasó con el as, jamás podré morir en paz. Y tampoco puedo vivir en paz“ me dijo una de las madres de Plaza de Mayo en noviembre de 1998 en Buenos Aires. El a explicó que sufre mucho por no tener una tumba a donde ir para ponerle flores en memoria de las hijas no enterradas. Podemos imaginarnos el gran drama de miles de familiares de desaparecidos en nuestro continente, privadas incluso del derecho al duelo.
También en su momento, la comisión peruana de verdad y reconciliación, CVR reconoció que „en miles de testimonios recogidos por los entrevistadores de la CVR se aprecian narrativas desgarradas, permanentes retornos a la instancia del trauma, sublimaciones y justificaciones que nos hacen comprender que rendir testimonio no es solamente contribuir al esclarecimiento de un hecho, sino también una forma de
4 Creada por el Decreto 187 del Poder Ejecutivo, del 15.12.1983. 5 CONADEP. Pág. 448. El aluvión de denuncias y testimonios ocurrió en la mayoría de casos en América Latina. 6 CONADEP Capítulo II Víctimas. Pág. 293. 7 CONADEP. Pág. 392.
procesar un duelo largamente postergado, un indispensable instrumento terapéutico.
Comprendiendo esta situación, en Guatemala, Panamá y Perú, y más recientemente en Chile, las CV pusieron especial atención a las excavaciones de las fosas clandestinas, a fin de poder hallar a los desaparecidos. En Panamá además del apoyo de antropólogos forenses, trabajaron con „Eagle“, un perro entrenado para ubicar restos humanos en lugares no convencionales, y que completó con éxito las investigaciones de los expertos forenses. ¿Qué se entiende por víctima?
Después del trabajo de la Comisión Argentina, otras Comisiones de Verdad asumieron la definición establecida en la „Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder“, adoptada con sus 21 artículos por la Asamblea General de la ONU en su Resolución 40/34. del 29 de noviembre de 1985. Allí se precisa que: „Se entenderá por „víctimas“ las personas que, individual o colectivamente, hayan sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de los derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que violen la legislación penal vigente en los Estados Miembros, incluida la que proscribe el abuso de poder.“
En la mencionada Declaración se precisa que „en la expresión „víctima“ se incluye además, en su caso, a los familiares o personas a cargo que tengan relación inmediata con la víctima directa y a las personas que hayan sufrido daños al intervenir para asistir a la víctima en peligro o para prevenir la victimización“.
Así pues, ya desde 1985 la ONU ofreció un marco conceptual para orientar los esfuerzos de superación de la impunidad, estableciendo que las victimas „tendrán derecho al „acceso a la justicia“, obtendrán „reparación mediante procedimientos oficiales u oficiosos que sean expeditos, justos, poco costosos y accesibles“, y gozarán de „protección de su intimidad, garantía de seguridad, así como la de sus familiares y la de los testigos en su favor, contra todo acto de intimidación y represalia
La Comisión peruana, (CVR) muy acertadamente desde el inicio de su trabajo en el 2001 „decidió dar prioridad a las voces de las víctimas“, y estableció que „toda víctima tiene derecho a la justicia y en consecuencia, no es legítimo hacer distinción alguna al momento de someter estos casos a la labor jurisdiccional“.
La CVR también constató que „las víctimas no son sujetos pasivos, sin capacidad de reaccionar ante los hechos, sino seres humanos íntegros, con capacidad de acción e interpelación. Ni la vulneración de sus derechos ni los daños que les fueron infligidos han podido mel ar su irreductible humanidad.“
8 Informe CVR del Perú . Opciones Metodológicas. Pág. 41. 9) Máximo pacheco G. „Los Derechos Humanos. Documentos Básicos. Editorial jurídica de Chile. Pág.: 619-622.
La CVR señaló en sus conclusiones que „ha constatado también, a diferencia de otros países donde se dieron conflictos armados internos, la debilidad de las organizaciones de víctimas. El o porque en la mayoría de los casos las víctimas eran campesinos pobres, con poca conciencia de derechos, difícil acceso a la justicia, débiles redes sociales y escasos contactos urbanos. Esta debilidad favoreció la impunidad de los perpetradores“.
Con justicia, en el Perú la CVR destacó y reconoció públicamente „la persistencia de la Asociación Nacional de Familiares de Secuestrados, Detenidos y Desaparecidos del Perú (ANFASEP), conformada en su abrumadora mayoría por mujeres ayacuchanas quechua hablantes de escasos recursos. Aún en los peores momentos, con tenacidad y valentía, dichas mujeres mantuvieron viva la l ama de la esperanza en la recuperación de sus seres queridos y en la justicia para los responsables de su desaparición“.
Las víctimas de violaciones a sus derechos tienen que ser escuchadas por instancias que cuenten con la capacidad de satisfacer sus demandas de justicia y de reparación. Aceptar otra cosa, que no sea la garantía de justicia y de reparación, es una negación del estado de derecho. Sin la persecución penal de delitos establecidos por las leyes nacionales y los tratados internacionales de derechos humanos no es posible alcanzar la reconciliación entre víctimas y victimarios. Contribuyeron las victimas al diseño del trabajo de las Comisiones de
En los casos de Haití y Perú algunos organismos de derechos humanos participaron activamente en el diseño del trabajo de las CV, para lo cual sistematizaron sus años de trabajo con las organizaciones representativas de los familiares de los desaparecidos o asesinados en la guerra interna. así se produjo una influencia indirecta de las víctimas en el proceso de diseño del trabajo de las CV. En ambos caso se había producido poco antes una transición a regímenes democráticos.
En Haití el Presidente Constitucional en el exilio, Jean Bertrand Aristide, encargó en enero de 1994 al „Centre international des droits de la personne et du développement démocratique”, de Canadá, formular una propuesta para el establecimiento de una Comisión de la Verdad en Haití, con el fin de “investigar las atrocidades cometidas y reparar los daños causados”.
En el Perú tras la humil ante fuga del dictador Alberto Fujimori, el gobierno de transición de Valentín Paniagua confió a su Ministro de Justicia, Diego García Sayán, experto de la Comisión Andina de Juristas, la tarea de formular la propuesta de una CV para el Perú, tal como lo venían demandando intensamente las ONGs y los familiares de las víctimas de la violencia. Inmediatamente en diciembre del 2001, se constituyó el Grupo de Trabajo Interinstitucional para la creación de una Comisión de la Verdad con participación de representantes de varios Ministerios, la Defensoría del Pueblo, la Conferencia Episcopal Peruana, el Concilio Nacional Evangélico del Perú y la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos. Así se reconoció el aporte que la sociedad civil podría dar al proceso de verdad, justicia y reconciliación.
En el resto de países, fue natural que las Comisiones de Verdad solicitaran el apoyo de las organizaciones de familiares de desaparecidos, como también de las organizaciones No Gubernamentales de derechos humanos, algunas de las cuales como la FEDEFAM, el GAM, tenían estatuto consultivo dentro del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas.
Relación de las Comisiones de Verdad con las víctimas
En Chile el Presidente Patricio Aylwin le encomendó en 1990 a la Comisión „contribuir al esclarecimiento global de la verdad sobre las más graves violaciones a los derechos humanos cometidas en los últimos años sea en el país o en el extranjerosi estas últimas tienen relación con el estado de Chile o con la vida política nacional, con el fin de colaborar con la reconciliación de todos los chilenos y sin perjuicio de los procedimientos judiciales a que puedan dar lugar tales hechos.
En el Decreto de Aylwin se especificó que „se entenderá por graves violaciones las situaciones de detenidos desaparecidos, ejecutados y torturados con resultados de muerte, en que aparezca comprometida la responsabilidad moral del estado por actos de sus agentes o de personas a su servicio, como asimismo los secuestros y los atentados contra la vida de personas cometidos por particulares bajo pretextos políticos.
El Presidente Aylwin también encargó a la Comisión „reunir antecedentes que permitan individualizar a sus víctimas y establecer su suerte o paradero“. Pero así expresamente se excluyó de la competencia de la Comisión chilena investigar los casos de los miles de prisioneros políticos que sufrieron torturas y sobrevivieron al terrorismo de estado.
Estas otras víctimas serían atendidas recién en el 2003, con una tercera Comisión extrajudicial denominada „Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortur al desmoronarse el poder de facto del ex dictador Pinochet, tras su detención en Londres y el descubrimiento de sus cuentas mil onarias en Estados Unidos de Norteamérica.
La Comisión sobre Tortura, presidida por el obispo católico Sergio Valech Aldunate confirmó que “la prisión política y la tortura, al marcar las vidas de miles de hombres y mujeres, también inciden en el presente.” Por eso, agregó, “ el reconocimiento de las víctimas como individuos y como ciudadanos implica reconocer que fueron objeto de atropel os, que fueron violados sus derechos básicos por agentes del Estado y que el Estado asume las responsabilidades que se derivan de este reconocimiento. La Comisión ha buscado que esto se refleje en las medidas que se proponen, tanto en
10 Aquí ya se alude a la „Operación Cóndor“, la coordinación represiva sudamericana que movilizó escuadrones de la muerte por diversos países del mundo, como Argentina, Paraguay, Perú, EE.UU., Italia y España, con el objetivo de asesinar a exiliados políticos latinoamericanos activos en la oposición a los regímenes dictatoriales. 11 Artículo primero Decreto Supremo 355 del Poder Ejecutivo, Chile, 25.04.1990. Para más información ver mi artículo: La "Operación Cóndor": El Terrorismo de estado de Alcance Transnacional publicado en la revista “Memoria" N° 5, Núremberg, diciembre de 1993. http://www.derechos.org/vii/1/cuyas.html12 Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada en agosto del 2003 por el Presidente de la República, Ricardo Lagos Escobar y constituida en noviembre de ese año, para "seguir avanzando en el delicado proceso de sanar las heridas producidas por las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990".
las simbólicas como materiales, en las individuales y en las colectivas. Esto implica también reconocerlas como sujetos partícipes en la implementación de las medidas de reparación y no como meras beneficiarias de el as.”
Esta Comisión logró recibir informaciones por parte de 35.868 personas, víctimas directas o familiares directos de personas fallecidas, actualmente residentes en Chile y en otros 40 países del mundo. Al concluir sus investigaciones, la Comisión reconoció como víctimas de prisión política y tortura 28.459 personas, entre el as 3.621 mujeres y 1.244 menores de 18 años de edad, todos el os con derecho a recibir una reparación del Estado.
La Comisión chilena sobre Prisión Política y Tortura reconoció en su Informe Final que “los resultados del trabajo habrían sido inalcanzables de no mediar la colaboración de miles de víctimas, quienes, en muchos casos, por fin se decidían a hablar de experiencias que nunca antes habían referido. El o permitió acabar definitivamente con la conspiración de silencio sobre la tortura predominante por décadas en el país.
Los sobrevivientes de la dictadura chilena, que aún conservan en su ser los traumas de la tortura sufrida bajo el régimen del general Pinochet, esperaron más de 30 años después del Golpe de Estado para ser reconocidos en su país como „víctimas“, con derecho a reparación de los daños causados. De esta manera se puede ver que a mediano plazo es posible corregir errores iniciales de las Comisiones de Verdad y Reconciliación y cumplir con todo el universo de víctimas de la violencia política.
En el Perú el autor participó en algunas reuniones entre las víctimas de la violencia política y los comisionados de la verdad, tanto en Lima, como en Huanuco y Tingo María. En una primera reunión directa entre los comisionados y los familiares de los desaparecidos o asesinados en los años de violencia sentían que por fin podían liberar de su ser tanto dolor, tanta rabia reprimida, tanta pena acumulada, tantas palabras que querían decir, pero que por instinto de supervivencia los habían mantenidos ocultos, suprimidos. Allí, l orar se convirtió en un acto de dignidad humana, al testimoniar la lealtad con su ser querido desaparecido o asesinado en el contexto de la violencia política y a quien no se desean olvidar.
Al mismo tiempo, al tener la oportunidad por primera vez de ser escuchados por altos representantes del estado, los familiares aprovecharon la ocasión para criticar la incapacidad del Estado en controlar a las l amadas „fuerzas del orden“, que cometieron crímenes tan aberrantes contra poblaciones inocentes, y exigir, nuevamente, a viva voz, justicia y reparación. En agosto del 2002 la CVR realizó una Audiencia Pública en Tingo María, presentando ante el país, a través de la televisiónEstatal, los casos de diversas víctimas que habían sufrido violencia por parte de las fuerzas armadas militares y policiales, como del grupo terrorista Sendero Luminoso. Participación de las victimas en las investigaciones
Las víctimas de la violencia interna, en la mayoría de los casos al crearse las Comisiones de Verdad, tenían ya una larga tradición de lucha por justicia, verdad y
13 El Informe completo puede verse bajo: http://www.presidencia.cl/view/viewInformeTortura.htm#1
reparación. Las madres de Plaza de Mayo, de Argentina, son conocidas en todo el mundo, y siguiendo su modelo de lucha por verdad y justicia se han constituido organismos similares la mayoría de países latinoamericanos que sufrieron violencia como también en Rusia, Chechenia, Turquía, Uzbekistán, entre otros países.
En el Salvador la CV mediante anuncios en los principales periódicos, la radio y la televisión invitó a las víctimas a declarar ante el a y a presentar sus denuncias. Inicialmente el l amado no dio los resultados esperados, por el pánico, el terror, el miedo que albergaban quienes habían sufrido tortura, secuestros o tenían a su familiar desaparecido y por hallarse los principales responsables de los crímenes aun en el poderMás tarde, en coordinación con organismos locales de DDHH. y con entidades de la ONU, la CV pudo garantizar la seguridad a los que quisieran prestar sus declaraciones, organizando entrevistas en lugares mas o menos „secretos“, ofrecidos por la iglesia católica, y empleando tecnología electrónica para evitar que extraños grabaran las conversaciones e identificaran por sus voces a los testimoniantes. En Guatemala, entre septiembre de 1997 y abril de 1998 los investigadores de la Comisión de Esclarecimiento Histórico visitaron cerca de 2,000 comunidades, la mayoría en más de una oportunidad, y recogieron cerca de 500 testimonios colectivos, y otros 7,338 testimonios individuales.
En Perú 17 mil personas ofrecieron sus testimonios sobre hechos de violencia a la CVR. Pudieron haber sido muchos más, pero hay víctimas que aún no superan su miedo a hablar del tema tan traumático de la desaparición de su ser querido. En otros casos, hubo fallas en el acercamiento a las víctimas. En Tocache, una de las zonas más afectadas por la violencia, después de Ayacucho y Huancavelica, cientos de víctimas no acudieron a dar sus declaraciones, porque los entrevistadores enviados por la CVR los habían citado al local de la municipalidad local, que se haya cerca de la comisaría de la guardia civil, donde aún estaban trabajando agentes policiales de quienes se sospecha que eran los mayores violadores de los derechos humanos en esa región.
La Comisión de Haitdespués de sus investigaciones l evadas a cabo en el país y parcialmente en el extranjero, constató 1348 casos de violación del derecho a la vida, 333 casos de desaparición forzada, 576 ejecuciones sumarias, y 83 casos de violaciones sexuales por motivos políticos, acompañados de extorsión y amenazas a otros miembros de las familia.
La CVR del Perú recibió informaciones sobre 23,969 casos de personas muertas y desaparecidas entre 1980 y el 2000
El contacto directo de los comisionados de la verdad o de los investigadores contratados con sobrevivientes de masacres o de tratos crueles y degradantes fue clave para orientar la amplitud de las investigaciones. Este conocimiento directo de
14 Esa misma situación de miedo se repitió en Guatemala y Haití, y en menor medida en Argentina y Chile. 15 Creada por Decreto gubernamental del 28 de marzo de 1995 para investigar las violaciones a los derechos humanos cometidas entre el 29.09.1991 y el 15.10.1994. 16 CVR. del Perú. Informe Final Cáp. 3, “Rostros y Perfiles de la Violencia”. Pág.,155.
los graves hechos ocurridos en el contexto de la violencia l evó a las Comisiones de Haití y Perú a calificar la violación sexual como tortura y como un delito en contra de la humanidad, en ambos casos por lo tanto imprescriptibles y no amnistiables.
Al Finalizar su trabajo la CVR del Perú había acumulado un inmenso material documentario, con declaraciones jurídicas, testimonios, videos, grabaciones en casete, fotografía, y otros recursos facilitados tanto por los familiares directos de las víctimas como por las organizaciones de Derechos Humanos. De acuerdo al mandato recibido, este material fue transferido a la Defensoría del Pueblo, entidad encargada de la judicialización de los casos denunciados por la CVR.
Esta transferencia del archivo documentario marca una gran diferencia con las comisiones de El Salvador y Chile, países en los que el archivo documentario de las CV se transfirió al Extranjero o se lo declaró como “material de información reservada por muchos añossecreto, sin posibilidad de que las víctimas u otras personas puedan acceder a el os antes de un plazo determinado por la autoridad nacional. En el caso de Haití, la Comisión recomendó al gobierno de Haití hacer todas las gestiones necesarias para lograr que el gobierno de EE.UU. devolviera los archivos militares sustraídos por la policía militar estadounidense el 3 de octubre de 1994, durante la ocupación del país poco antes del retorno de Aristide al poder.
Para los comisionados, en la mayoría de los casos personas que no habían sido afectadas por la violencia política, el contacto directo con las víctimas les cambió su visión del conflicto interno, les reafirmó en la convicción de la urgencia de obtener toda la verdad de los hechos, para curar las heridas de la violencia.
Después de culminar su trabajo de investigación y recomendaciones, el Presidente de la CV del Perú, Dr. Salomón Lerner, reafirmó el comprometió de la Universidad Católica del Perú, de la que es Rector, con los esfuerzos nacionales por la paz y la reconciliación, priorizando la educación para la paz y la vigilancia de la ejecución de las recomendaciones formuladas por la CV al gobierno.
En opinión de los grupos representativos de las víctimas de violaciones a los derechos humanos, la Verdad y la justicia no se puede negociar. Son derechos irrenunciables. Es necesario que los perpetradores de delitos de derechos humanos sean castigados de acuerdo a la ley. Además hace falta, como paso previo a la reconciliación, que se restituya a las víctimas los bienes que les fueron despojados, que se reconozca su dignidad personal ignorada, y que se le reintegre a la sociedad civil como ciudadanos de plenos derechos.
Con bastante razón la CVR peruana precisó que „una transición democrática que renuncie a ajustar las cuentas del pasado y a establecer responsabilidades tiene un profundo déficit de legitimidad. La CVR está convencida de que el mantenimiento de la impunidad niega principios elementales de la democracia, puesto que consagra retroactivamente el crimen y establece diferenciaciones odiosas entre personas que debieran ser iguales ante la ley.“
17 En el caso de Chile, los archivos sobre la Tortura solo podrán ser hechos públicos después de 50 años del fin del trabajo de la Comisión.
Asimismo la CVR recordó que „Reafirmando los principios establecidos en Núremberg, los países han empezado a aplicar el principio de que nadie está por encima de la prohibición universal de cometer crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra o genocidio, y en particular que los jefes de Estado no gozan de inmunidad absoluta que los proteja del interés universal de castigar tales actos de barbarie“
Al entregar su Informe Final, además de dirigirse a la nación, a los actores de la violencia, a los poderes del Estado, y a la organizaciones de la sociedad civil, la CVR del Perú se dirigió a las víctimas, „que son quienes han sufrido más directamente la violencia y que debiéndoles el país una explicación, han constituido el centro de preocupación de la CVR –con la esperanza de que encuentren expresada su voz en el Informe y de que hallen también en él las razones que satisfagan sus demandas de justicia y solidaridad“. Conclusión.
En tanto que el Estado en los países donde se crearon Comisiones de Verdad no cumpla con sancionar a los culpables de actos de violaciones a los derechos humanos, la rehabilitación moral de las víctimas y la reconciliación será imposible.
Toda reconciliación genera obligaciones para las partes que se reconcilian, como el reconocimiento de culpa, y de la responsabilidad penal de los actos ilegales cometidos, así como el compromiso de no repetición de los hechos. La decisión de conceder el perdón a los perpetradores le corresponde sólo a las víctimas.
El respeto de los estados a las víctimas de violaciones a los derechos humanos se concretará cuando cumpla con su responsabilidad de garantizar el acceso a la verdad y la justicia. Antes de lograr estos objetivos todo discurso de reconciliación es totalmente falso. Literatura recomendada:
CONADEP (1987) Nunca Mas. Informe de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas.EUDEBA Buenos Aires.
Espinoza Cuevas, Víctor; Ortis Rojas, María Luisa, Rojas Baeza, Paz (2003) Comisiones de la verdad ¿Un camino incierto? CODEPU, Santiago de Chile
Comisión de la verdad y reconciliación del Peru (2004) Atún Wil akuy. Versión abreviada del Informe Final. Comisión de Entrega del Informe. Lima
Reproduced from Asian Agri-History Vol. 8, No. 2, 2004 (115–127) On Elephants in Manasollasa – 2. Diseases and Treatment Nalini Sadhale1 and Y L Nene2 1. B-1, Kanakalaxmi Apartments, Street No. 6, Hardikar Bagh, Himayatnagar, Hyderabad – 500 029, Andhra Pradesh, India (email: nalinisadhale@vsnl.net) 2. Asian Agri-History Foundation, Secunderabad – 500 009, Andhra Pradesh, India
CURRICULUM VITAE THOMAS K. HUISMAN, M.D. PERSONAL DATA BIRTH DATE: BUSINESS ADDRESS: Chiaramonte, Huisman and Zorn Urology, LLC (CHZ Urology, LLC) 7501 Surratts Road, Suite 308 Clinton, Maryland 20735 Wife: Susan (Married 1981) Son: Christopher (Born 1988) Daughter: Jennifer (Born 1990) EDUCATION RESIDENCY: Reservoir Road Washington, D.C. 1977-1981 SUMMARY OF CAREER: