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Jueves, 23 de diciembre 2004
Suplemento n.º 2 al N.º 246
RESOLUCIÓN de 17 de diciembre del 2004, del Servicio Público de
n ov i e m b re de 2000 de la Consejería de Industri a , C o m e rcio y Tu ri s m o Empleo de Castilla y León, por la que se convoca la participación en
( m o d i ficada por Orden de 15 de nov i e m b re de 2002, de la misma Conseje- la programación de acciones fo rm at ivas del Plan Nacional de Fo rm a -
ría) y la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de ción e Inserción Pro fesional en la Comunidad de Castilla y León
Castilla y León y el Decreto 18/2004, de 22 de enero , de desconcentra c i ó n c o rrespondiente al año 2005 y las subvenciones de ellas deriva d a s .
de competencias del Presidente del Servicio Público de Empleo. Te rc e ra.– Financiación y Cofi n a n c i a c i ó n . El Real Decreto 148/1999 de 29 de enero ,s o b re traspaso de funciones y U n o . Las presentes ayudas se convocan al amparo de la autorización de s e rvicios de la A d m i n i s t ración del Estado a la Comunidad Autónoma de la Comisión Europea del Régimen del Real Decreto 631/1993, de 3 de Castilla y León en mat e ria de gestión de la Fo rmación Pro fesional Ocupa-c i o n a l , en su A n ex o , ap a rtado B, e s t ablece que la Comunidad de Castilla y m ayo , citado y las acciones fo rm at ivas incluidas en este Plan, son objeto de León asume dentro de su ámbito terri t o ri a l , la ejecución del Plan Nacional c o financiación por el Fondo Social Europeo mediante el Programa Operat i- de Fo rmación e Inserción Pro fe s i o n a l , regulado por el Real Decre t o vo correspondiente de Objetivo 1 n.º 2000ES051PO017 en un porcentaje del 6 3 1 / 1 9 9 3 , de 3 de mayo , y demás normas de desarro l l o .
Por Ley 10/2003, de 8 de ab ri l , se creó el Servicio Público de Empleo Dos. El desarrollo de las acciones fo rm at ivas subve n c i o n ables se fi n a n- de Castilla y León, y se establ e c e n , e n t re otras de sus funciones, las de ela- ciará con cargo a las aplicaciones pre s u p u e s t a rias que a continuación se b o ración y gestión del Plan FIP en la Comunidad de Castilla y León. A su citan de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla vez el Decreto 11/2003, de 23 de sep t i e m b re, ap ru eba el Reglamento de O rganización y Funcionamiento del Organismo Au t ó n o m o , que hace re fe- rencia a dicho programa en su artículo 17.
Esta convo c at o ria se tramita de fo rma anticipada según establece el A rt .
3 de la Orden HAC / 1 4 3 0 / 2 0 0 3 , de 3 de nov i e m b re. La financiación estarácondicionada a la existencia de crédito adecuado y sufi c i e n t e.
En consecuencia, oído el Consejo General de Empleo, teniendo en cuen- ta las reglas contenidas en la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacien- Tres. Del total del crédito, una cuantía de 900.000 euros estará destina- da de la Comunidad de Castilla y León, y en virtud de las competencias que da pre fe rentemente a la financiación de acciones de fo rmación con compro- t e n go confe ridas por la Ley 10/2003, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, y la Ley 3/2001, de 21 de julio, del Gobierno y C u at ro. La financiación estará condicionada a la existencia de crédito de la A d m i n i s t ración de la Comunidad de Castilla y León, adecuado y sufi c i e n t e, pudiendo ser modifi c a d o , si las circunstancias así lore q u i e re n , p revia realización de los trámites correspondientes. R E S U E LVO :
C u a rta.– Entidades participantes en la progra m a c i ó n . P ri m e ro . – Ap robar la convo c at o ria para la participación en la progra- U n o . Podrán participar en la programación de acciones fo rm at iva s , e n mación de acciones fo rm at ivas del Plan Nacional de fo rmación e inserc i ó n r é gimen de concurrencia competitiva , los centros colab o ra d o res inscritos en P ro fesional en la Comunidad de Castilla y León correspondiente al año el Censo de Centros Homologados del Plan FIP en la Comunidad de Casti- 2005 y las subvenciones de ellas derivadas de acuerdo con las siguientes lla y León y las organizaciones empre s a riales o sindicales más rep re s e n t at i- bases reg u l a d o ras que fo rman parte de la presente Resolución.
vas directamente o a través de sus fundaciones o instituciones destinadas al S eg u n d o . – Facultar al Gerente del Servicio del Servicio Público de d e s a rrollo de acciones de fo rmación y las organizaciones rep re s e n t at ivas de Empleo de Castilla y León para dictar cuantas resoluciones e instru c c i o n e s la economía social que dispongan de centros homologa d o s , p revia suscri p- sean precisas para el cumplimiento y efe c t ividad de esta Resolución.
Te rc e ro . – Con cargo a los créditos presupuestados para el ejercicio pre- D o s . A s i m i s m o , podrán acceder a esta convo c at o ria las entidades o s u p u e s t a rio del año 2005 y en función de la norm at iva que les era de ap l i- e m p resas que dispongan de centros homologados y con las que se suscri b a cación en el momento de la solicitud, podrán at e n d e rse solicitudes pre s e n t a- c o nvenio de colab o ración en el que se comprometan a contratar al menos al das en tiempo y fo rma al amparo de convo c at o rias anteri o re s , s i e m p re que 60% de los alumnos fo rm a d o s , p re fe rentemente con carácter indefinido y se cumplan los siguientes re q u i s i t o s : como mínimo una duración de seis meses, p re fe ri blemente a tiempo com- a) Que se acredite el motivo que impidió re s o l ver en plazo .
p l e t o , o como mínimo por el cincuenta por ciento de la jornada lab o ral lega l- b) Que el expediente no se haya resuelto de fo rma ex p resa y no se haya Pa ra acceder a esta convo c at o ria las entidades o empresas deberán cum- c) Que el solicitante no manifieste ex p resamente el desistimiento de la plir los siguientes requisitos y condiciones: – En los seis meses anteri o res a la solicitud de progra m a c i ó n , c o n t a d o s C u a rto.– C o n t ra la presente Resolución, que pone fin la vía administra- de fe cha a fe ch a , no se ha debido producir bajas por extinción de re l a c i o n e s t iva , podrá interp o n e rse re c u rso potestat ivo de reposición ante el Pre s i d e n t e l ab o rales de trab a j a d o res fijos en los centros de trabajo que la entidad o del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, en el plazo de un mes a e m p resa tenga ubicados en la misma prov i n c i a , con las siguientes salve d a- contar desde el día siguiente a su publ i c a c i ó n ,c o n fo rme a los artículos 116 d e s : no se computarán como tales bajas las producidas por propia vo l u n t a d y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de nov i e m b re, del Régimen Jurídico de las del trab a j a d o r, mu e rt e, jubilación o invalidez permanente en sus distintos A d m i n i s t raciones Públicas y del Procedimiento A d m i n i s t rat ivo Común o grados legalmente re c o n o c i d a s , así como las producidas por causas no d i rectamente re c u rso contencioso-administrat ivo ante el Ju z gado de lo Con- i m p u t ables a la empre s a , ni las distintas a éstas si en dicho período han sido t e n c i o s o - A d m i n i s t rat ivo de Va l l a d o l i d, en el plazo de dos meses desde el día sustituidos por otros trab a j a d o res fi j o s .
siguiente al de su publ i c a c i ó n , en virtud de lo dispuesto en los artículos 8, A estos efe c t o s , en las entidades o empresas cuyo período de activ i d a d 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reg u l a d o ra de la Ju risdicción Con- sea infe rior a seis meses, se tendrá en cuenta el período comprendido entre t e n c i o s o - A d m i n i s t rat iva .
el inicio de la actividad y la solicitud de la progra m a c i ó n .
– No se podrán solicitar subvenciones para la fo rmación de nu evos tra- b a j a d o res que vayan a sustituir a más de un treinta por ciento de los contra- P ri m e ra.– Objeto y ámbito de ap l i c a c i ó n . tados en el año inmediatamente anterior a la solicitud, t ras la fo rmación con La presente resolución tiene por objeto convocar la participación en la este mismo tipo de subve n c i ó n .
p rogramación de acciones fo rm at ivas del Plan Nacional de Fo rmación e En el caso en que las bajas de trab a j a d o res fi j o s ,a n t e ri o rmente re fe ri d a s , I n s e rción Pro fesional en Castilla y León correspondiente al año 2005 y esta- se produzcan desde la fe cha de solicitud de subvención hasta la fe cha de blecer los requisitos para la concesión de subvenciones de ellas deriva d a s .
c o n t ratación de los alumnos fo rm a d o s , no se liquidará dicha subvención a la S egunda.– Régimen Ju r í d i c o . Será de aplicación a la presente convo c at o ria el Real Decreto 631/1993, Tre s . Únicamente se podrá participar en la programación de aquellas de 3 de mayo , así como su norm at iva de desarro l l o , la Orden de 13 de especialidades que cada centro tenga homologa d a s .
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Quinta.– Destinat a rios de las acciones fo rm at iva s . – D i s t ri bución equilibrada de la programación tanto a nivel de la Las acciones fo rm at ivas irán diri gidas a trab a j a d o res desempleados, demanda de fo rmación como de la dive rs i ficación de las familias pro- siendo los colectivos pre fe rentes los establecidos en el artículo 1.º, ap a rt a d o s 2 y 3 del Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo , por el que se regula el Plan – C apacidad de ejecución e impartición de cursos por parte del centro Nacional de Fo rmación e Inserción Pro fe s i o n a l .
c o l ab o rador en base al conjunto de solicitudes presentadas por éste.
Dos. Pa ra las acciones fo rm at ivas derivadas de convenio de colab o ra c i ó n U n o . Los interesados fo rmalizarán una solicitud por cada curso en el con compromiso de contratación a que se re fi e re la base 4.2, la selección se modelo que se publica como A n exo I de esta Ord e n .
hará por orden corre l at ivo de entrada en el Regi s t ro de la solicitud, una ve zestudiado el proyecto por el Servicio Público de Empleo.
D o s . Las solicitudes se podrán re fe rir a cursos por itinera rios completos de las especialidades fo rm at ivas o por itinera rios parciales si dichas espe- N ovena.– Ap robación de la Progra m a c i ó n . cialidades fo rm at ivas están moduladas en el Fi ch e ro de Especialidades del Uno. El Servicio de Programas de Formación e Inserción Profesional, S e rvicio Público de Empleo Estatal (INEM). En el caso de itinera rios par- previo informe del Gerente Provincial del Servicio Público de Empleo c i a l e s , la Unidad de Competencia es la unidad mínima de re fe rencia para c o rre s p o n d i e n t e, realizará las propuestas de programación de acciones e s t ablecer un curs o ,d ebiéndose de impartir todos sus módulos. Un curso de i t i n e ra rio parcial podrá contener una o va rias Unidades de Competencia.
El Presidente del Servicio Público de Empleo ap robará las progra m a- Las acciones fo rm at ivas podrán llevar asociados módulos de fo rm a c i ó n c i o n e s , d e n t ro del marco de las disponibilidades pre s u p u e s t a ri a s .
c o m p l e m e n t a ria incluidos en el Fi ch e ro de Especialidades.
D o s . La ap robación de la programación no implica la concesión auto- Tre s . Las solicitudes se presentarán en el Regi s t ro de la Gerencia Pro- mática de la subve n c i ó n , que será objeto de ap robación mediante la corre s- vincial del Servicio Público de Empleo de la provincia en que se vaya a pondiente resolución individualizada por curs o .
i m p a rtir el curso o confo rme a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley Tre s . La programación ord i n a ria anual y, en su caso, las progra m a c i o n e s 30/1992 de Régimen Jurídico de las A d m i n i s t raciones Públicas y del Pro c e- c o m p l e m e n t a ri a s , será info rmada con carácter previo por el Consejo Gene- dimiento A d m i n i s t rat ivo Común, y diri gi d a s , en todo caso, al Gerente del S e rvicio Público de Empleo. Por la complejidad de la solicitud y por la nat u- C u at ro . Una vez ap robada la progra m a c i ó n , el centro colab o rador podrá raleza de la documentación a acompañar a la misma se ex cl u ye la posibili- iniciar la acción fo rm at iva , p revia autorización del Gerente Provincial del dad de pre s e n t a rla a través de telefa x .
S e rvicio Público de Empleo de la provincia corre s p o n d i e n t e.
C u at ro . Las entidades con contrato programa presentarán las solicitudes Cinco. El plazo para re s o l ver este procedimiento será de tres meses a en el plazo establecido y de la fo rma indicada en los ap a rtados anteri o res de contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Tra n s c u rrido dicho plazo , sin que haya recaído resolución ex p re- Q uinto. Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos en la pre- s a , la solicitud se entenderá desestimada.
sente Resolución, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez No obstante lo anteri o r, las solicitudes de las entidades descritas en la días subsane el defecto de que adolezca, con indicación de que si no lo base 4.1 no ap robadas ni denegadas ex p resamente podrán quedar en re s e rva hiciera, se le tendrá por desistido de su petición,con los efectos previstos d u rante el año nat u ral para sucesivas programaciones complementari a s , d e en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de nov i e m b re.
a c u e rdo con lo previsto en el artículo 6.4 de la Orden Ministerial de 13 de Séptima.– Plazo de presentación de solicitudes.
U n o . El plazo de presentación de solicitudes de cursos será de ve i n t e Décima.– Benefi c i a rios de las subve n c i o n e s . días nat u ra l e s , contados a partir del día siguiente a la publicación de la pre- Uno. Podrán ser benefi c i a rios de estas subvenciones las entidades con- sente convo c at o ria en el «Boletín Oficial de Castilla y León». templadas en la base cuarta de esta convo c at o ri a .
D o s . Las entidades que suscriban un convenio de colab o ración con el Dos. Asimismo podrán ser benefi c i a rios de compensaciones económi- c o m p romiso de contratación de alumnos podrán solicitar programación de c u rsos en el plazo de quince días nat u rales a partir del día siguiente al de lafi rma del conve n i o .
– Las empresas en las que se realicen prácticas no lab o rales asociadas a un curso de fo rm a c i ó n , p revia suscripción de un convenio de cola- Tre s . Se podrán presentar simu l t á n e a m e n t e, petición de autorización de c e n t ro colab o rador y homologación de especialidades o ampliación de espe-cialidades homologadas y solicitudes de programación para las mismas, – Los alumnos que tengan dere cho a becas y/o ayudas de tra n s p o rt e, antes de la fe cha de finalización del plazo fijado en esta convo c at o ri a .
D i chas solicitudes estarán supeditadas a la resolución positiva de homolo- Undécima.– Resolución de otorgamiento de la subve n c i ó n . gación para las especialidades corre s p o n d i e n t e s .
U n o . El Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León será O c t ava.– Cri t e rios de va l o ración y selección de solicitudes. el competente para re s o l ver el otorgamiento de subvenciones para la ejecu- U n o . En la va l o ración de las solicitudes de ejecución de cursos a ción de las acciones fo rm at ivas ap robadas en la programación. La re s o l u c i ó n d e s a rro l lar p or las entidades citadas en la base 4.1 se tendrán en cuenta los indicará la cuantía máxima de la subve n c i ó n , además de los requisitos y con- siguientes cri t e rios pre fe re n t e s , que serán aplicados confo rme al siguiente diciones que deberá cumplir el benefi c i a rio y se hará constar la cofi n a n c i a- ción por el Fondo Social Europeo. Dicha resolución no pone fin a la víaa d m i n i s t rat iva .
a) Adecuación a las necesidades de fo rmación detectadas en la prov i n- cia en la que se solicita el curso de acuerdo con el «Documento sobre D o s . La aceptación de la resolución de otorgamiento de la subve n c i ó n especialidades pri o ri t a rias del Plan FIP en Castilla y León para el año d eberá re a l i z a rse en el plazo de quince días nat u rales desde su notifi c a c i ó n ,siendo requisito necesario para el cobro de la subvención. 2005». Dicho documento está a disposición de los interesados en lasG e rencias Provinciales del Ecy l .
Duodécima.– A n t i c i p o s . b) C u rsos ajustados a los cert i ficados de pro fe s i o n a l i d a d, ap robados y Una vez dictada y aceptada la resolución de otorgamiento de la subve n- c i ó n , las entidades, p revia solicitud, podrán percibir un anticipo de la sub-vención concedida, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122 de la c) C u rsos con compromiso de inserción lab o ral de los alumnos fo rm a d o s .
L ey 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Casti- d) G rado de calidad de la fo rmación en acciones anteri o res obtenido en lla y León y con lo que al efecto disponga la Ley de Presupuestos Genera- el Plan de Mejora de la Calidad de la Fo rmación Ocupacional.
les de la Comunidad Autónoma para el año 2005.
e) Adecuación de las acciones fo rm at ivas a las necesidades de integra- Las empresas y centros colaboradores que sean entidades con ánimo ción de las personas con discap a c i d a d.
de lucro presentarán avales suficientes para responder del destino de los Se seleccionarán aquellas solicitudes que habiendo obtenido una mayo r anticipos a car go de las subvenciones. El a val se liberará por el Gerente va l o ración en el conjunto de los ap a rtados anteri o res se adecuen a lo esta- Provincial del Servicio Público de Empleo correspondiente, una vez fis- blecido en los cri t e rios que a continuación se indican, de fo rma que se logre calizada de conformidad la liquidación definitiva de la subvención corres- el mayor equilibrio posible en la distri bución de la ofe rta fo rm at iva : Jueves, 23 de diciembre 2004
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D e c i m o t e rc e ra.– Liquidación de la subve n c i ó n.
D e c i m o s exta.– Obl i gaciones tri bu t a rias y frente a la Seg u ridad Social. U n o . Una vez finalizada la acción fo rm at iva correspondiente en el plazo Los be n e fi c i a rios de las subvenciones habrán de acre d i t a r, p reviamente al que establezca la resolución de concesión de la subve n c i ó n , la entidad bene- c o b ro , que se encuentran al corriente de sus obl i gaciones tri bu t a rias y fre n t e fi c i a ria solicitará la liquidación final en los modelos normalizados al re s- a la Seg u ridad Social, en los términos que se determinan en el Decre t o p e c t o , adjuntando la documentación justifi c at iva de los gastos y pagos efe c- 6 1 / 1 9 9 7 , de 20 de marzo («B. O.C. y L.» de 24 de marzo) y la Orden de 14 t ivos del curs o , documentación bancaria y la acreditación de estar al de mayo de 1997, de la Consejería de Economía y Hacienda, de desarro l l o c o rriente de sus obl i gaciones tri bu t a rias y frente a la Seg u ridad Social.
del citado Decreto («B. O.C. y L.» de 21 de mayo). De acuerdo con lo dis- Podrán justifi c a rs e, mediante recibís emitidos corre c t a m e n t e, los pagos infe- puesto en la citada norm at iva , las A d m i n i s t raciones Públ i c a s , las entidades sin ánimo de lucro , además de las ayudas que no superen los 601 euros y las Cuando se trate de cursos derivados de convenio con compromiso de becas destinadas a la fo rm a c i ó n , están exentas de dicha acre d i t a c i ó n .
c o n t rat a c i ó n , la entidad, junto con la documentación justifi c at iva de la liqui- Decimoséptima.– Prácticas no lab o rales en empre s a s . d a c i ó n , d eberá presentar los contratos objeto del compromiso así como el Uno. Cuando la entidad que imparte el curs o , estime conveniente la re a- alta en la Seg u ridad Social de los alumnos contratados y la decl a ración de l i z a c i ó n , por parte de los alumnos, de prácticas no lab o rales como comple- m ovimiento de plantilla fija que fi g u ra como A n exo II de esta Resolución, mento de la fo rmación obtenida, gestionará con las empresas interesadas su s egún lo establecido en la base cuarta de esta convo c at o ri a .
El abono de la liquidación se realizará previo info rme especial de rev i- Asimismo elab o rará un info rme sobre la necesidad y conveniencia de la sión y una vez comprobado el cumplimiento de las condiciones y de la fi n a- lidad para la que se concedió la subvención. D o s . La empresa que pretenda realizar dichas prácticas presentará soli- Las cuantías económicas de las subvenciones y compensaciones econó- c i t u d, en el modelo norm a l i z a d o , en la Gerencia Provincial del Serv i c i o micas de la presente convo c at o ria serán las establecidas en la Ord e n P ú blico de Empleo correspondiente con una antelación mínima de 45 días TA S / 4 6 6 / 2 0 0 2 , de 11 de feb re ro , que modifica la Orden de 13 de ab ril de n at u rales al inicio de las prácticas, junto con el info rme del centro colab o ra- 1 9 9 4 , por la que se desarrolla el Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo , reg u- dor y una memoria que re c ogerá info rmación sobre el curso al que van aso- lador del Plan Nacional de Fo rmación e Inserción Pro fesional. Las cuantías c i a d a s , fe chas previstas de inicio y fi n a l i z a c i ó n ,l u gar de re a l i z a c i ó n ,n ú m e- de las becas y/o ayudas de alumnos serán las fijadas en la Orden de 13 de ro de alumnos que realizarán las prácticas con el número de días y horas por n ov i e m b re de 2000, de la Consejería de Industri a ,C o m e rcio y Tu ri s m o , p o r cada uno de ellos y el sistema de tutorías para su seguimiento y eva l u a c i ó n .
la que se regula el Plan FIP en Castilla y León, con la part i c u l a ridad con- Tre s . El Presidente del Servicio Público de Empleo, una vez va l o ra d o s templada en las bases de esta convo c at o ri a .
en su conjunto los distintos aspectos contenidos en la memoria y la pro c e- D o s . El info rme especial de revisión será emitido por auditor de cuentas dencia de las prácticas, s u s c ribirá convenio de colab o ración con la/s empre- y tendrá por objeto comprobar si la documentación justifi c at iva ap o rt a d a , sa/s con la/s que vayan a re a l i z a rse las prácticas pro fe s i o n a l e s , en el que i n cluida en su caso la re fe rida al anticipo y el cumplimiento de obl i ga c i o n e s podrá acord a rse el abono o no de compensación económica.
t ri bu t a rias y de Seg u ridad Social, cumple los requisitos establecidos. Dich o C u at ro. El Gerente del Servicio Público de Empleo, una vez suscrito el i n fo rme alcanzará la totalidad de los justificantes acre d i t at ivos de los ga s t o s c o nvenio de colab o ración y presentada la solicitud, dictará resolución ap ro- y pagos efe c t ivamente realizados relacionados con la acción fo rm at iva así bando la realización de las prácticas y, en su caso, la cuantía de la subve n- como su correcta emisión y contab i l i z a c i ó n .
ción. El plazo para re s o l ver será de tres meses desde la presentación de la Tre s . En el caso de que el anticipo abonado al benefi c i a rio supere a la s o l i c i t u d. Tra n s c u rrido dicho plazo sin que haya recaído re s o l u c i ó n , la soli- cuantía que resulte a liquidar, p rocederá el re i n t egro de la dife rencia. To d o ello según se re s u e l va sobre los expedientes de incumplimiento y re i n t egro D e c i m o c t ava.– A l t e ración y concurre n c i a . que al efecto se tra m i t e n , con la correspondiente audiencia a los intere s a d o s .
Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión C u at ro . El órgano competente para realizar la resolución de liquidación de subvenciones y, en todo caso, la obtención concurrente de subve n c i o n e s es el Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León. Contra o ayudas otorgados por otras A d m i n i s t raciones o entes públicos o priva d o s d i cha re s o l u c i ó n , que no agota la vía administrat iva , c abe interponer re c u r- nacionales o intern a c i o n a l e s , d eberá comu n i c a rse al Servicio Público de so de alzada ante el Presidente del Servicio Público de Empleo.
E m p l e o , y podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.
D e c i m o c u a rta.– Contabilidad y documentación justifi c at iva . En todo caso, h abrá de comu n i c a rse al Servicio Público de Empleo los cam- U n o . Los benefi c i a rios de las subvenciones contabilizarán los costes bios re fe rentes a la titularidad o instalaciones de los centros colab o ra d o res. objeto de subvención de fo rma dife renciada del resto de las actividades que D e c i m o n ovena.– Delegación de Competencias. las entidades desempeñen, d ebiendo ser independiente la contabilidad para El Gerente del Servicio Público de Empleo, en el ámbito de sus compe- t e n c i a s , podrá delegar en los Gerentes Provinciales del Servicio Público de D o s . Los documentos contables serán llevados de fo rma que puedan Empleo la competencia para tramitar y re s o l ver los procedimientos prev i s- i d e n t i fi c a rse las partidas o gastos concretos en que se han mat e rializado las En el caso en que se produzca la mencionada delega c i ó n , se delega r á Tre s . La entidad benefi c i a ria tendrá a disposición del Servicio Público de asimismo en los re fe ridos órga n o s , respecto a los créditos desconcentra d o s Empleo durante 5 años a partir de la liquidación de la subve n c i ó n , todos los en los mismos, las fases de autorización (A), c o m p romiso de gasto (D), documentos contables y administrat ivos justifi c at ivos de la acción subve n- reconocimiento de la obl i gación (O) y propuesta de pago (K).
c i o n a d a , sin perjuicio de las competencias que sobre la mat e ria pudiera n Vigésima.– Ayudas para alumnos en Fundación Santa Bárbara . c o rresponder a la Intervención General de la Comunidad Au t ó n o m a , al Tri-bunal de Cuentas y a la Unidad A d m i n i s t ra d o ra del Fondo Social Euro p e o .
Debido a la particularidad de las cuencas mineras de Palencia, Zamo- ra y León y a la especificidad de sus cursos, los alumnos de la Fundación Cuatro . La justi ficación de gastos y pagos se realizará confo rme a la Santa Bárbara percibirán en concepto de ayudas económicas, las siguien- Resolución de 21 de mayo de 2001 («B. O.C. y L.» n.º 101 de 25 de mayo ) , con las modificaciones realizadas en la Órdenes de la Consejería deI n d u s t ri a ,C o m e rcio y Tu rismo de 12 de nov i e m b re de 2001 («B. O.C. y L.» Cuando su lugar de residencia diste menos o igual de 50 Kilómetro s n.º 225 de 20 de noviembre) y de 12 de diciembre de 2001 («B.O.C. y L.» p e rcibirán 14,42 /día de asistencia.
n.º 248 de 2 4 de diciembre) y teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ord e n Cuando su lugar de residencia diste más de 50 Kilómetros perc i b i r á n Decimoquinta.– Becas y/o ayudas de alumnos. Pa ra el reconocimiento del dere cho a la ayuda sólo necesitarán como j u s t i ficación la acreditación del domicilio hab i t u a l .
Las becas y/o ayudas de alumnos se podrán solicitar en el plazo re c ogi- do en el artículo 18 de la Orden de 13 de nov i e m b re de 2000, que regula la Va l l a d o l i d, 17 de diciembre de 2004.
Gestión del Plan FIP en Castilla y León y el procedimiento de concesión ylas cuantías de las mismas están previstas en el artículo 17 de la citada O rden. El órgano competente para la concesión será el Gerente Prov i n c i a l F d o . : TO M Á S VI L L A N U E VA RO D R Í G U E Z

Source: http://www.cocemfe.es/asesoria+juridica/legislacion+en+distintas+areas/1programadeformacineinsercinprofesionalparaelao200.pdf

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Doi:10.1016/j.pain.2007.08.028

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